jueves, 18 de diciembre de 2014

La Constitución y los conflictos internacionales de leyes

La Constitución y los conflictos internacionales de leyes

La relevancia que la Constitución ostenta para la totalidad del ordenamiento jurídico español y, por ende, también para el ordenamiento que regula los conflictos internacionales de leyes, se pone de manifiesto en el artículo 9.1 de la Constitución española, cuando dice lo siguiente:

"Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".

Como puede constatarse, la norma constitucional ocupa una posición de superioridad jerárquica respecto de las restantes normas del ordenamiento jurídico español. Como consecuencia, la regulación contenida en la Constitución despliega efectos en todos los sectores del Derecho y, por supuesto, también en esta disciplina, con los siguientes resultados:

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