jueves, 18 de diciembre de 2014

Efectos de las decisiones extranjeras

La existencia de una controversia de tráfico jurídico externo conectada con el ordenamiento español y con los de otros Estados puede ser resuelta desde distintas perspectivas. Una primera opción es presentar la demanda ante los tribunales españoles, con el fin de conseguir una sentencia con eficacia en España. Para ello se aplicarán por las autoridades competentes las normas españolas sobre conflicto de leyes y de jurisdicciones. Pero otra opción posible es acudir a los tribunales extranjeros y, posteriormente, solicitar el reconocimiento y ejecución de la resolución judicial correspondiente. Esta última posibilidad exige que la decisión extranjera cumpla una serie de requisitos:
1    Que contenga un acto de voluntad de una autoridad pública competente, resolviendo sobre un aspecto jurídico a través de la aplicación del Derecho y con efectos sobre las personas o sus bienes, derechos y obligaciones.
2    Que proceda de una autoridad extranjera.
3    Y que resuelva un problema entre particulares.

Se pueden distinguir distintos mecanismos para que las decisiones extranjeras puedan desplegar efectos jurídicos en España, de los que es posible distinguir los siguientes: el reconocimiento, la declaración de ejecutividad o exequátur, el procedimiento de control para el acceso al registro y el principio del mutuo reconocimiento. Ahora bien, son los dos primeros los que revisten mayor importancia por estar acogidos en la inmensa mayoría de los Estados, aunque realicemos a continuación unos breves comentarios de cada uno de ellos:
El reconocimiento

Otorga a la decisión extranjera los efectos procesales que la misma produzca, generando en España el efecto de cosa juzgada material y el efecto constitutivo que corresponda. Así, con el efecto de cosa juzgada, la decisión extranjera vinculará a las autoridades españolas como si hubiera sido dictada por ellas e impedirá que pueda plantearse un nuevo juicio sobre los aspectos ya resueltos por la decisión extranjera.

Además, el efecto constitutivo permite crear, extinguir o modificar un derecho o relación jurídica como, por ejemplo, en la separación o el divorcio.
La declaración de ejecutividad o exequátur
Convierte a la decisión extranjera en un título ejecutivo en España, por lo que una vez obtenido el exequátur será posible la ejecución material de la decisión extranjera, de conformidad con el artículo 523.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite ejecutar las sentencias y demás títulos ejecutivos extranjeros.
El procedimiento de control para el acceso al registro
Consiste en el cumplimiento de ciertas reglas previstas en la legislación registral española, que deben cumplir las decisiones y/o documentos extranjeros.
El principio del mutuo reconocimiento
Se basa en dar por existente y válida en España una relación jurídica creada en un Estado extranjero, en donde también es considerada que existe y tiene validez.

No hay comentarios:

Publicar un comentario